Poder Ejecutivo plantea modificar el IRPF eliminando saltos de franja en Aguinaldo y Salario Vacacional.
El pasado 05 de Marzo se ha puesto a consideración del parlamento el Proyecto de Ley que propone eliminar el salto de franja para el cálculo de IRPF cuando estas partidas se suman al sueldo.
Para su cómputo, ya no se tendrán en cuenta escalas progresionales, sino que se computarían de manera independiente y en función de una tasa proporcional única. Esta será igual a la mayor alícuota que le corresponda pagar al tributante, teniendo en cuenta solamente el resto de las partidas que se declaran.
Resulta de aplicar este criterio, que se beneficiaran aquellos contribuyentes que cuando sumaban a su sueldo el aguinaldo y el salario vacacional saltaban a la próxima franja. El ahorra será el equivalente a la diferencia de tasas que se da en este salto aplicada a al salario vacacional y aguinaldo.
Transcribimos seguidamente el Borrador de la Norma:
Proyecto de Ley
Artículo 1º Agrégase al artículo 36 del Título 7 del Texto Ordenado 1996 (Ref. Escalas Progresionales) , el siguiente inciso:
"Las rentas computables originadas en el sueldo anual complementario y en la suma para el mejor goce de la licencia obligatorios en virtud de disposiciones legales, no se ingresarán a la escala a que refiere el inciso anterior. El impuesto correspondiente a dichas rentas se determinará a través de la aplicación de una tasa proporcional de acuerdo a lo dispuesto en el artículo siguiente.”
Artículo 2º Agrégase al artículo 37 del Título 7 del Texto Ordenado 1996 (Ref. Escala de Rentas), el siguiente inciso:
“La tasa proporcional correspondiente a las rentas originadas en el sueldo anual complementario y la suma para el mejor goce de la licencia, obligatorios en virtud de disposiciones legales, será la que corresponda al tramo superior de la escala aplicable al contribuyente de conformidad con lo dispuesto en el inciso anterior, sin la consideración de dichas partidas.”
